¿Cuáles son las obligaciones de información en las operaciones con criptomonedas?
Analizamos las obligaciones de información ante Hacienda desde el punto de vista del titular de las criptomonedas y también desde el punto de vista de las empresas que presten servicios de operaciones relacionadas con monedas virtuales, si bien, de momento no tenemos más información ya que está pendiente de desarrollo reglamentario.
El titular de las criptomonedas no tendrá obligación de informar sobre estas operaciones, si bien, sí tendría que informar si posee criptomonedas por más de 50.000 euros gestionadas a través de entidades localizadas en el extranjero, en cuyo caso tendrá obligación de informarlo en el modelo 720.
Las entidades residentes en España que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombres de terceros, así como mantener, almacenar y transferir monedas virtuales tendrán la Obligación de suministro de información sobre los saldos (tenencia) que mantienen los titulares de monedas virtuales: declaración de las entidades que prestan un servicio de custodia de dichas monedas virtuales a sus propietarios.
Además quienes proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero de curso legal o entre diferentes monedas virtuales, o intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones, tendrán Obligación de suministrar información acerca de las operaciones con monedas virtuales: adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.