Subvencion tic 2019 navarra
Hoy se ha publicado las bases para la Subvención a pymes para proyectos de implantación de soluciones TIC innovadoras 2019
Los proyectos consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones TIC que resuelvan una problemática o generen una oportunidad de negocio en la empresa, en el ámbito de las relaciones de la cadena de valor horizontal y vertical.
Los ámbitos de aplicación de los proyectos, podrán ser, entre otros:
- Mejora de proceso y producto
- Ciberseguridad
- Relaciones proveedor/cliente
- Gestión organizacional
Los proyectos deberán:
- Suponer una innovación en el ámbito de la empresa desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización.
- Ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los siguientes gastos:
- Los gastos facturados a la beneficiaria por la consultoría, desarrollo e implantación de la solución TIC innovadora.
- Los gastos de licencias de software específicas, directamente relacionados con la solución innovadora a implantar. Estos gastos en ningún caso consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
- Adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
- El presupuesto a subvencionar deberá ser como mínimo de 10.000 euros.
No serán subvencionables:
- Los gastos que no estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado.
- Los gastos realizados por la propia solicitante o empresas asociadas o vinculadas a ella.
- Los gastos de licencias de software y gastos de hardware, salvo los citados anteriormente.
- Los gastos de personal, gastos corrientes, gastos de mobiliario, gastos de consumibles, gastos de obra, y en general, cualquier otro no incluido expresamente en los conceptos subvencionables.
PERIODO DE REALIZACIÓN
El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de septiembre de 2019.
IMPORTE DE LA AYUDA
El porcentaje de ayuda es del 40%, con un importe de ayuda máxima de 20.000 €.
Se concederá un 5% de intensidad de ayuda adicional a las empresas que hayan adoptado alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres previstas en la Base Reguladora 5.2.