
Subvención Fomento de la Empresa Digital Navarra 2021
Desde mañana y hasta el 30 de junio, las pymes con domicilio fiscal en Navarra podrán solicitar la subvención para financiar los proyectos en la implantación del comercio electrónico, las soluciones empresariales en la nube (cloud computing), el teletrabajo, los sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales, y las soluciones TIC aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa.
1.- PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los siguientes tipos de proyectos de implantación de:
- Comercio electrónico
- Soluciones empresariales en la nube (cloud computing)
- Teletrabajo
- Sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales
- Soluciones TIC aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa
1.A.- Comercio electrónico
Los proyectos de comercio electrónico deberán reunir los requisitos establecidos en la Base Reguladora 2.2.1.
1.B.- Soluciones empresariales en la nube (cloud computing)
Soluciones de acceso remoto no implementadas en local, que deben estar relacionadas con los diferentes ámbitos de gestión de la empresa y que contribuyan a mejorar su competitividad.
1.C.- Teletrabajo
Soluciones para facilitar el trabajo a distancia del personal de la empresa solicitante, por ejemplo:
- Soluciones de acceso remoto que incluyan todo lo necesario para un correcto funcionamiento del acceso a las redes corporativas y su operación en remoto, así como los sistemas de seguridad necesarios.
- Soluciones para comunicaciones a distancia que faciliten el teletrabajo y la comunicación en grupos, tales como chats, videoconferencias, recursos compartidos, etc.
- Soluciones específicas cuyo objeto principal sea el teletrabajo.
1.D.- Sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales
Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones que aúnan la gestión de recursos empresariales, logística interna y externa e integración de cadena de valor horizontal y vertical.
Deberán suponer innovación en el ámbito de la empresa, desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización, y ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.
Estarán enmarcadas en algunos de los siguientes ámbitos:
- Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP y aplicaciones de Business Intelligence.
- Aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM).
- Aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
1.E.- Soluciones TIC aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa
Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones TIC que resuelvan una problemática o generen una oportunidad de negocio en la empresa, en el ámbito de las relaciones de la cadena de valor horizontal y vertical.
Deberán suponer innovación en el ámbito de la empresa, desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización, y ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.
Los ámbitos de aplicación de los proyectos, podrán ser entre otros:
- Mejora de proceso y producto
- Ciberseguridad
- Relaciones proveedor/cliente
- Gestión organizacional
2.- GASTOS SUBVENCIONABLES
En cada uno de los cinco tipos de proyectos, serán subvencionables los gastos específicamente previstos para el mismo, conforme a la Base Reguladora 4.
No serán subvencionables:
- Los gastos que no estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado
- Los gastos realizados por la propia solicitante o empresas asociadas o vinculadas a ella
- Los gastos de licencias de software y gastos de hardware, salvo los específicamente previstos para cada uno de los tipos de proyectos
- Los gastos de personal, gastos corrientes, gastos de mobiliario, gastos de consumibles, gastos de obra, y en general, cualquier otro no incluido expresamente en los conceptos subvencionables
3.- PERIODO DE REALIZACIÓN
El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.
4.- IMPORTE DE LA AYUDA
El porcentaje de ayuda es del 40%.
Se concederá un 5% de intensidad de ayuda adicional a las empresas que hayan adoptado alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres previstas en la Base Reguladora 5.2.
Los importes máximos de ayuda, en función del tipo de proyecto, son los siguientes:
Proyecto | Ayuda máxima (€) |
Comercio electrónico | 4.000 |
Soluciones empresariales en la nube | 6.000 |
Teletrabajo | 10.000 |
Sistemas de gestión y planificación | 30.000 |
Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital | 100.000 |