Fiscalidad de las parejas estables en navarra
Desde el 16 de octubre de 2019 sólo las parejas estables que se hayan constituido como tales en documento público y que estén inscritas en el Registro fiscal de parejas estables de la Hacienda Foral de Navarra serán equiparados a los cónyuges a efectos de los impuestos señalados.
¿Qué tienen que hacer las NUEVAS Parejas Estables constituidas desde del día 16 de Octubre de 2019?
-En primer lugar, otorgar documento público.
-En segundo lugar, inscribirse en el Registro Fiscal de Parejas Estables. (mediante la presentación del modelo 030 o mediante la presentación en plazo de la declaración del IRPF)
¿Qué tienen que hacer las Parejas Estables que el día 16 de Octubre de 2019 ya figuraban inscritas en el Registro Fiscal de Parejas Estables de la Hacienda Foral de Navarra?
-Otorgar documento público, de no tenerlo otorgado con anterioridad.
Seguirán inscritas en el Registro Fiscal y, por tanto, se equipararán a los cónyuges, (salvo que no quieran continuar o haya cambiado su situación en cuyo caso deberán presentar el modelo 030)