Principales novedades fiscales 2018 navarra
A continuación, resumimos las principales novedades fiscales para el año en curso;
MODIFICACIONES IRPF
- Modificación tratamiento Planes de Pensiones, seguros colectivos… Eliminación del beneficio fiscal consistente en la reducción del 40% cuando se rescatan las prestaciones en forma de capital. Las aportaciones realizadas hasta 31/12/2017, se les respetará esta reducción.
- Arrendamientos de viviendas, desaparece la reducción del 40% en los rendimientos de arrendamientos de viviendas, únicamente permanecen en casos de arrendamientos de la Bolsa pública de alquileres y similares.
- Cuota base liquidables especial del ahorro. Se incrementa en un 1% cada uno de los tramos.
- Deducción por inversión en vivienda. Se elimina desde el 2018. Sin embargo se conservan los regímenes transitorios vigentes.
- Deducción por mínimos familiares. Se eleva la deducción en 100 euros por descendientes menores de 3 años, si el sujeto pasivo no tiene rentas superiores a 30.000€ (60.000€ conjunta)
- Deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables. Se incrementa la deducción hasta un 30%
- Deducción por inversiones en vehículos eléctricos. Se incrementa la deducción hasta un 30%. Los vehículos híbridos enchufables tienen una deducción del 5%.
MODIFICACIONES IMPUESTO SOCIEDADES
- Se modifica la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, pasando a ser la exención por reinversión en elementos patrimoniales de un 100% a un 50% .
- En los supuestos de Reserva Especial Para Inversiones El porcentaje de reducción de las cantidades destinadas a dicha reserva será de un 60% únicamente para el caso de microempresas, siendo a partir del 45% para el resto de empresas.
- Se elimina la inversión en activos fijos nuevos en los supuestos de inversiones inmobiliarias.
- Se endurecen las deducciones por creación de empleo, aplicándose únicamente a trabajadores que tengan un sueldo superior a 2,5 veces el SMI. En el caso de incremento de la plantilla indefinida de hombres, se reduje a 2.500 euros, siendo de 5.000 euros para el caso de incremento de mujeres.
- Las bases imponibles negativas reducirán la base imponible del ejercicio con el límite del 70% de esta. En todo caso se podrá compensar hasta 1.000.000 de euros.
MODIFICACIONES SUCESIONES Y DONACIONES.
- En las sucesiones entre cónyuges y parejas estables, hasta 250.000 el impuesto está exento, a partir de esta cifra, se aplica el 0,8%. En las donaciones entre cónyuges, se aplica el 0,8%.
- Las sucesiones y donaciones entre descendentes y ascendientes en línea recta, pasan a tributar del 0,8% a la siguiente escala;
sucesiones | donaciones | ||||
hasta | 250.000,00 | exento | 0,80% | ||
entre | 250.000,00 | hasta | 500.000,00 | 2% | 2% |
entre | 500.000,00 | hasta | 1.000.000,00 | 4% | 3% |
entre | 1.000.000,00 | hasta | 1.800.000,00 | 8% | 4% |
entre | 1.800.000,00 | hasta | 3.000.000,00 | 12% | 6% |
desde | 3.000.000,00 | 16% | 8% |
MODIFICACIONES EN LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
- Nuevo supuesto de responsabilidad solidaria en supuestos de aplazamiento con garantía. En supuestos de sucesiones se transmite la responsabilidad si se notifica antes del fallecimiento.
- Reducción por pronto pago para sanciones graves, se reduce un 20% y en sanciones simples un 30%.
- Se considera infracción simple no comunicar el cambio del domicilio fiscal, con sanciones desde los 150 euros a los 600 euros.
- Las sanciones por infracción grave pasan del 10% al 15% en supuestos de compensación y al 40% cuando el resultado sale a pagar.
- Las sanciones por infracciones graves tales como falta de ingreso de ingresos a cuenta o retenciones o por falsedad documental, pasan del 75% al 90%.
- En relación a los plazos de resolución, el plazo máximo de resolución expresa en los procedimientos de gestión tributaria será de 6 meses. Si existe silencio en supuestos de expedientes iniciados a solicitud del interesado, se entiende estimado
- Si es por vía administrativa, el silencio se entiende por desestimado.
- Si se ha iniciado de oficio, el silencio producirá la caducidad del procedimiento.
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