Subvencion comercio emprendedores navarra 2017
Hoy se ha publicado en el BON esta subvención que pretende dar apoyo económico a las personas emprendedoras que constituyan una nueva empresa y realicen inversiones necesarias para iniciar una nueva actividad o negocio de comercio minorista
Dirigida a Personas físicas o personas jurídicas cuyos integrantes reúnan los siguientes requisitos:
- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas entre el 1/1/2017 y el 17/11/2017, ambos inclusive.
- No haber ejercido en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria, una actividad comercial minorista en Navarra por cuenta propia. Si el solicitante es una persona jurídica, este requisito debe cumplirse por todos sus integrantes.
Periodo de actuaciones subvencionables: Inversiones realizadas o previstas desde el 1 de enero de 2017 hasta el 15 de noviembre de 2017, ambos inclusive (se tiene en cuenta la fecha de facturación).
- Periodo de pago de las actuaciones subvencionables: Los justificantes de pago de las inversiones subvencionables deberán estar comprendidos entre el 1 de enero de 2017 y el 17 de noviembre de 2017, ambos inclusive.
- Ubicación de los establecimientos comerciales: Las inversiones deben materializarse en establecimientos comerciales minoristas integrados en trama urbana (ubicados en suelo urbano o urbanizable con un uso residencial dominante en la propia parcela o en las que estén pegadas) de alguno de los municipios de Navarra. Quedan excluidos los ubicados en polígonos industriales, comerciales, de servicios o en zonas transfronterizas.
- Actividades económicas subvencionables:
- La actividad económica debe estar incluida entre las clases 47.11 y 47.79, ambas inclusive, conforme a la CNAE-2009. También se admite la clase 45.32 (solo recambios, repuestos y accesorios nuevos).
- Importe de la subvención: 30% de las inversiones subvencionables.
- Subvención máxima: 5.000 euros por comercio.
- Inversión mínima: 6.000 euros por comercio.
- Actividades económicas no subvencionables:
- Estancos y farmacias, por requerir autorización administrativa especial.
- Establecimientos de hostelería, bares, restaurantes, pizzerías, cafeterías, cafés-librerías.
- Establecimientos de servicios personales como peluquerías, salones de belleza, tintorerías, lavanderías, agencias de viajes, agencias de seguros, administraciones de loterías, etc
- Comercio al por menor NO realizado en establecimientos comerciales: venta ambulante, mercadillos, venta por internet, a domicilio, por correspondencia, en máquinas expendedoras, por catálogo, etc.
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/6807/Subvencion-a-personas-emprendedoras-en-el-ambito-del-comercio-minorista-2017
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