Repaso novedades fiscales 2017 de navarra
Les resumimos brevemente las principales novedades fiscales aplicables en 2017.
DEDUCCIONES CREACION EMPLEO Y PATROCINIO. A partir del 2017 vuelven a no tener el límite del 25% de la cuota. Por lo que se podrían aplicar en su totalidad. (salvo por el suelo tributario)
LIMITACION EN LA DEDUCCIÓN DE GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIAJES
Desde el año 2017 únicamente podremos deducir el 50% de los gastos de viajes, desplazamientos y restauración, con el límite del 1% de la facturación (5% personas físicas).
Los regalos y obsequios serán deducibles hasta un máximo de 300 euros por destinatario y debe quedar constancia documental de la identidad del receptor.
Los gastos de utilización de vehículos automóviles de turismo, se podrán deducir en un 50% (como norma general). En concreto los gastos de amortización podrán deducirse en un 50% sobre un valor máximo de 25.000 euros por vehículo. Y el resto de gastos, reparaciones, gasolina…, tendrán un límite anual de 4.000 euros. Si la empresa puede demostrar afectación exclusiva a la actividad, podría deducir la amortización del vehículo en un 100% con el límite de 25.000 euros y el resto de gastos por con un límite anual de 7.000 euros.
SE REDUCE DE 2 MILLONES A 1 MILLÓN EL IMPORTE DE LA FACTURACIÓN para considerar como pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades la cuota satisfecha en el IAE.
LA ADQUISICIÓN DE UN INMUEBLE JUNTO CON EL RESTO DEL PATRIMONIO EMPRESARIAL Y esta transmisión no esté sujeta al IVA, se aplicará un ITP del 2% (anteriormente el 6%).
ELEVACIÓN DEL AJD del 0,5% al 1% en las transmisiones de inmuebles cuando se haya renunciado a la exención del IVA
APLAZAMIENTOS IMPUESTOS Desde 2017 las solicitudes de los aplazamientos tendrán las siguientes condiciones.
Con carácter general, no se exigirán garantías en los aplazamientos cuyo plazo no exceda de 2 años y, por otra parte, se exigirá siempre el ingreso del 30%. (antes el 20%)
Con carácter especial no se exigirá garantía ni ingreso previo a los aplazamientos inferiores a 6.000 euros (antes 12.000 euros) y con un plazo de hasta doce meses.
Será causa de denegación automática (en el caso de deuda en periodo voluntario) la existencia de 3 o más aplazamientos (antes 4) .