Las sociedades civiles tributarán en el impuesto sobre sociedades
A las Sociedades Civiles (o sociedades Irregulares), se les va a aplicar un importante cambio tributario a partir del año que viene, si bien, de momento en el País Vasco y Navarra, no se les va a aplicar este cambio que mencionamos a continuación.
Hasta ahora, las Sociedades Civiles tributan en régimen de atribución de rentas, es decir, cada socio tributan en su IRPF, por la parte proporcional sobre sus porcentaje de participación sobre los rendimientos de la entidad. Pero a partir del año que viene, estas Sociedades que tengan objeto social mercantil, quedando fuera previsiblemente las que tengan como objeto social las actividades profesionales, agrícolas o ganaderas, al menos hasta la siguiente reforma del Código Mercantil en la que se prevé la inclusión de estas actividades, tributarán por el Impuesto sobre Sociedades y estarán obligadas a llevar la contabilidad conforme al código de comercio.
Con carácter excepcional, a las sociedades afectadas se les va a aplicar un régimen especial por el que podrán optar por la disolución y liquidación dentro de los seis primeros meses de 2016, estableciéndose una serie de beneficios, como la exención en el Impuesto sobre el Valor de los Terrenos Urbanos, por sus adjudicaciones a los correspondientes socios, los socios podrán seguir aplicando las deducciones pendientes de la Sociedad.